Tribunal Supremo de Japón declara inconstitucional la derogada ley de eugenesia

El Tribunal Supremo de Japón dictaminó por primera vez que la derogada Ley de Protección Eugenésica del país, en virtud de la cual se obligó a personas con discapacidades a someterse a cirugía de esterilización, era inconstitucional.

Personas esterilizadas sin su consentimiento habían presentado demandas en distintas partes de Japón. Argumentaban que ese trato discriminatorio violaba la Constitución y solicitaban una indemnización del Estado.

El miércoles, la Gran Sala del Tribunal Supremo tomó una decisión sobre cinco veredictos que habían dictado tribunales superiores de Sapporo, Sendai, Tokio y Osaka.

El juez que presidía el juicio, Tokura Saburo, declaró inconstitucional la ley derogada y ordenó el pago de una indemnización en cuatro de los casos.

El caso de Sendai, en el que se había desestimado la reclamación del demandante en el tribunal superior, se devolvió a este para que vuelva a juzgarlo.

Es la decimotercera vez desde el final de la Segunda Guerra Mundial en que el Tribunal Supremo declara inconstitucional una disposición legal.

La Ley de Protección Eugenésica estuvo en vigor durante 48 años hasta su derogación en 1996. Permitía a los médicos eliminar la función reproductiva de personas con discapacidad mental o intelectual.

Se cree que unas 25.000 personas fueron esterilizadas, incluidas aquellas que supuestamente aceptaron someterse a cirugía.

El Estado había argumentado que no estaba obligado a pagar indemnización, debido al largo tiempo transcurrido desde las operaciones.